Con fecha 11 de julio de 2024, el Pleno del Tribunal Constitucional dicto la sentencia en el Exp. N.° 04382-2023-PA/TC que estableció como doctrina jurisprudencial vinculante que para que los allanamientos a estudios de abogados no vulneren el derecho del secreto profesional, deben haber sido previamente autorizados por el juez, cuya decisión deberá tener una fundamentación cualificada, que justifique la acción y detalle el ámbito de acción de los fiscales, a fin que el profesional pueda preservar, en todo momento, aquella información relacionada con el secreto profesional que está obligado a proteger


